El Ayuntamiento de Sartaguda con las víctimas del franquismo



El Ayuntamiento de Sartaguda me traslada que en su pleno de anoche aprobaron esta resolución con 8 votos a favor (3 UPN, 2 Bildu, 1 PSN, 2 Independientes AIS) y una abstención de UPN.

Agradecer desde CEAQUA y en mi propio nombre esta decisión y esperar que tras su traslado al Parlamento de Navarra podamos comparecer ante él para trasladar nuestras vivencias y aprobar posteriormente también la misma.

Al mismo tiempo reconocer que los concejales de UPN y PSN de Sartaguda han dado una lección de ética a sus direcciones en Navarra. Especialmente indigna ha sido la dirección del PSN negándose a suscribir el mismo planteamiento en el Parlamento de Navarra. Veremos cómo reaccionan ante esta lección.

José Ramón Martínez Benito, con DNI 72667611 P, concejal del M.I. Ayuntamiento de Sartaguda: Al Pleno del Ayuntamiento de Sartaguda.: por el derecho a la justicia, la verdad y la reparación

Son principios cardinales de una democracia y un Estado de Derecho que ninguna disposición interna de un Estado puede oponerse a las obligaciones contraídas en un Tratado internacional y que las leyes que afectan a los derechos fundamentales deben ser interpretadas conforme a las normas del derecho internacional de los derechos humanos. Así ha sido sostenido reiteradamente por distintas instancias nacionales e internacionales que vienen solicitando a las instituciones españolas la apertura del proceso a los crímenes del franquismo y la derogación de la ley de amnistía de 1977





A pesar de ello, la justicia española acaba de escribir otro vergonzoso capítulo en su larga historia de encubrimiento de los crímenes de la dictadura al denegar la Audiencia Nacional, en sendas resoluciones, la extradición a Argentina de Jesús Muñecas Aguilar y Antonio González Pacheco por considerar, insólitamente, que los reiterados delitos de tortura de que están acusados por la justicia argentina son delitos comunes y aislados.

Esto significa que los jueces que han dictado estas vergonzosas resoluciones -  en consonancia con idéntica actitud mantenida en casos similares por otros juzgados y tribunales y diversas instituciones del Estado –entienden que los delitos de torturas, perpetrados contra los querellantes y denunciantes  en la causa argentina, no constituyen crímenes de lesa humanidad a pesar de que se cometían en el mismo tiempo, y en un contexto, en que se torturaba reiterada y sistemáticamente en comisarías, cárceles y cuarteles; se  ejecutaba a opositores al régimen a través de sentencias dictadas por consejos de guerra sumarísimos; se producían matanzas en protestas de trabajadores y estudiantes y, en general, se reprimían generalizada y cotidianamente los derechos y las libertades de miles de personas y cientos de organizaciones.



A esta altura del devenir histórico sólo quienes han cometido los crímenes, sus cómplices y quienes con ellos se solidarizan pueden efectuar semejante afirmación.

La Audiencia Nacional ha ignorado a sabiendas  la notoriedad de la verdad histórica y el preciso y detallado Auto de la jueza argentina que contextualiza las torturas como parte de la comisión sistemática y generalizada de múltiples delitos perpetrados desde las estructuras del Estado, señala a quienes con los imputados participaron en las mismas y cita extensamente dictámenes concluyentes de organismos internacionales de derechos humanos sobre la criminalidad masiva del franquismo.

Quienes promueven que un criminal se sustraiga a la acción de la justicia cometen el delito de encubrimiento; los funcionarios que dictan a sabiendas resoluciones injustas cometen el delito de prevaricación. Ambos delitos están siendo perpetrados sistemáticamente por todos aquellos funcionarios del Estado y de la Administración de Justicia que se niegan a investigar los crímenes de la tiranía y a juzgar a sus responsables.



Sin ninguna expectativa de ser escuchados, pero fieles a la memoria de los centenares de miles de víctimas del fascismo español y con el compromiso de conseguir para todos ellos verdad, justicia y reparación,  exhortamos y exigimos a ese Ministerio de Justicia, y con él y a través de él, a todas las instituciones del Estado, a que sean removidos todos los obstáculos que impiden poner fin a la ignominia de la impunidad del franquismo.
Ésta reflexión se ha trasladado a los grupos de izquierda del Parlamento de Navarra, PSN, I-E, Bildu y Geroa Bai con el fin de que soliciten una comisión de trabajo con quienes fueron sus víctimas.

Por ello solicita al Ayuntamiento de Sartaguda, debata y vote en el Pleno:
Apoyar a las diferentes víctimas de las torturas, que Antonio González  Pacheco y Jesús Muñecas Aguilar en su demanda de que sean extraditados para poder ser juzgados por los delitos que se les imputan de torturas.
Exigir al Parlamento de Navarra, que cree una Comisión de trabajo con quienes fueron víctimas a través de  la Asociación CEAQUA.

Trasladar el acuerdo al representante de la Asociación CEAQUA, D. José Luis Úriz Iglesias (Coordinadora estatal de apoyo a la querella argentina contra crímenes del franquismo) a la dirección de mail: joseluriz@gmail.com


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